Asociación Vasca de periodistas - Colegio Vasco de periodistas

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CHAPAPOTE EN EL PAÍS DE NUNCA JAMÁS

La cronología

En diciembre de 2002 el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco puso en marcha una Planta de Gestión de residuos peligrosos sita en los muelles de Punta Sollana en el Superpuerto de Bilbao, contando con una superficie de 15.000 metros cuadrados, con el objetivo de gestionar las toneladas de fuel procedentes del Prestige que diariamente recogen las embarcaciones en las costas vascas.

Dicha Planta de Gestión consiste en varios containers ardiendo y quemando el fuel procedente del Prestige, emitiendo dioxinas a la atmósfera, entendiendo por dioxinas el nombre colectivo para los policlorobenzodioxina y policlorodibenzofuranos.

De hecho, gran cantidad de camiones llegaron diariamente de Hondarribia, Pasaia, San Sebastián, Getaria, Ondarroa, Lekeitio y Bermeo para descargar su mercancía en el Superpuerto de Bilbao y además el propio dique de Punta Sollana recibe el fuel recogido por las flotas de Santurce y Ziérbana.

El fuel contiene mezclas complejas de componentes como hidrocarburos aromáticos policíclicos (fenantrenos, benzoapirenos, antracenos, benzofluorantenos, indeno, pireno…) e hidrocarburos aromáticos menos pesados (tolueno, etilbenceno, xileno…). El fuel contiene además un alto contenido en metales pesados y está catalogado como residuo peligroso por el Catálogo Europeo de residuos (CER) .

El CÓMO LO GESTIONABA EL GOBIERNO VASCO

 

La gestión del fuel del Prestige, consiste en un proceso de tratamiento del hidrocarburo almacenado a través del cuál, se logra aprovechar el fuel puro resultante, para luego enviarlo a la refinería de Petronor; concretamente las actuaciones que se estuvieron llevando a cabo por parte del Gobierno Vasco son las siguientes:

 

–          Una grúa eleva cada saca repleta de fuel (cada “big bag” contiene aproximadamente una tonelada de hidrocarburo) y la sitúa sobre un container previamente calentado.

–          Los trabajadores golpean y rajan el envoltorio para que salga su contenido, que cae al recipiente y se calienta hasta los 90 grados para licuarlo.

–          Tras el filtrado se logran retirar los restos sólidos como palos, algas y plásticos; dichos restos suponen un 37% del total, que es trasladado a una planta de inertización de SADER en Zorroza y después a dos vertederos autorizados por el Gobierno Vasco (BISTIBIETA Y CONTEN).

¿Cómo lo gestionaban los vertederos que recibían el fuel?. SADER debía realizar, químicamente, cuantas acciones fuesen necesarias para convertir los residuos tóxicos y peligrosos en INERTES y no peligrosos. La Unidad Central Operativa Medioambiente de la Guardia Civil (UCOMA), nos lo explica más adelante con los análisis, muestras e investigaciones que realizaron por mandato judicial.

¿A QUÉ OBLIGA LA LEGISLACIÓN VIGENTE PARA TRATAR EL FUEL DEL PRESTIGE U OTROS PRODUCTOS PELIGROSOS?

A una debida y reglada información pública, no realizar dichas actividades en un radio de 2 Km. de los núcleos habitados, atenerse a lo dispuesto en la legislación sobre tratamiento de residuos peligrosos, realizar estudio de evaluación de impacto ambiental y obtener en su caso, la preceptiva declaración de impacto; además de sujetarse a la legislación sobre Control Integrado de la Contaminación, entre otras muchas leyes de obligado y preceptivo cumplimiento.

En principio el Gobierno Vasco, realizaba las tareas antes expuestas, sin haber obtenido ni solicitado permiso/licencia para la actividad que estaban ejecutando, en terrenos propiedad del Superpuerto, Costas del Estado.

Curiosamente, el G.V. solicita dicha licencia un mes después de que Lur Maitea interpusiese la querella en los juzgados, obviamente ya les había llegado.

UN POCO DE QUÍMICA Y RIESGOS A LA SALUD

FUENTEHidrocarburos saturados %Hidrocarburos aromáticos %Resinas %Asfaltenos %
Museo Nacional de Historia Natural (París) (fuel original)26`6 %52’8 %8’4 %12’2 %
Museo Nacional de H. Natural,París (emulsión)24’6 %50’25 %9’9 %14’2 %
IFP (Fuel original)23 %55 %12’5 %10’3%
CSIC Barcelona21’6 %50’7 %34’7 % 

De estos datos se puede comprobar que, los componentes mayoritarios son los hidrocarburos aromáticos, después los hidrocarburos saturados, los asfaltenos y las resinas. El elevado porcentaje de hidrocarburos aromáticos policíclicos, PHA’s, es lo que señala a este fuel su elevada toxicidad, mientras que, los porcentajes también elevados de resinas y asfaltenos son los que le dan carácter de contaminante orgánico persistente COP, para el medio ambiente.

En la composición química del fuel del Prestige, según el Departamento de Química Analítica, Nutrición y Bromatología de la Facultad de Química de la Universidad de Santiago de Compostela, nos dice lo siguiente,…Los resultados mostrados en la tabla deben considerarse como orientativos ya que corresponden sólo a una muestra. En su composición, se encuentran metales que tienen carácter tóxico, son de destacar los niveles encontrados para el aluminio, cadmio, níquel, plomo y vanadio.

ELEMENTOConcentración – microgramo/gramo
ALUMINIO52’1 +- 1’3
ARSÉNICO< 0´6
CADMIO10’5 +- 0´3
COBRE2,0 +- 0’9
CROMO2’6 +- 1´4
ESTRONCIO2’2 +- 0’7
HIERRO25’9 +-4’0
NÍQUEL29´9 +- 4’5
MANGANESO< 1’5
MERCURIO1’3 +- 0’1
PLOMO25’8 +-5`3
VANADIO64’0 +- 3’7
ZINC50’9 +- 2’4
  

Las características de un fuel definen su volatibilidad, esta volatibilidad está estrechamente ligada a su contenido en resinas, asfaltenos, ceras, etc…. El contenido del fuel del Prestige en asfaltenos y resinas varias entre un 20 y un 30 %. Es decir, se considera un fuel poco volátil y que, presenta un carácter persistente en el medio ambiente.

  • Las tablas e informes anteriores son recogidos del Instituto de Estudios Económicos de Galicia. En su Informe “ Análisis y Evaluación de los Daños Causados por el Accidente del Prestige y Dispositivos para la Regeneración Medioambiental y Recuperación Económica  de Galicia”.

Se incide por un lado en la naturaleza de los trabajos de manipulación y tratamiento del fuel del Prestige. Así, es una realidad evidente que, en terrenos del superpuerto bilbaíno se realizaron operaciones de gestión y tratamiento de residuos peligrosos que, conllevan aparejadas el incumplimiento íntegro de toda la legalidad vigente en materia de medio ambiente, además de todo tipo de leyes sectoriales; y que ante el artículo 14 de la CE (Igualdad ante la Ley), todos sin excepción alguna, aunque este sea la autoridad medioambiental competente, debemos acatar y cumplir con la LEY. Incluso, por razones a su cargo y oficio, la Viceconsejería de medio ambiente, hubiera debido ser más respetuosa y rigurosa con el cumplimiento íntegro de la legalidad vigente.

LUR MAITEA interpuso una querella criminal contra el Gobierno Vasco y contra la autoridad portuaria en la primavera de 2.003 por dicha gestión de residuos. En fase de instrucción en los juzgados de Barakaldo, y en la cual La Unidad Central Operativa de Medio Ambiente de la Guardia Civil (UCOMA) fue oficiada para la toma de muestras e investigación de los hechos. Los resultados de la analítica realizados por el Laboratorio de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia no pueden ser más esclarecedores, todo lo valorado que, existía en el puerto bilbaíno, SON RESIDUOS PELIGROSOS, todo, absolutamente TODO, esta catalogado en el Catálogo CER de residuos, con diferentes nomenclaturas y distintas afecciones al medio ambiente, al mar y a la salud de las personas.

INFORMES PERICIALES Y ANALÍTICAS

Según el Informe de la UCOMA, de Nº de Atestado 07/2003, folios 09 y 08 SADER no realiza tipo alguno de SEPARACIÓN de residuos, previo a su tratamiento. Así además de contravenir lo dispuesto en la legislación general protectora del medio ambiente, aplica el mismo “tratamiento” a cualquier residuo que le sea enviado, consiguiendo que, por un lado sea imposible el control de los productos peligrosos que, “trata”, las exigencias de responsabilidades a las empresas productoras de residuos peligrosos sobre el tipo, características, etc… del mismo; y lo que, es todavía más dantesco, emplea el mismo proceso de tratamiento que, no explica, aportado por la UCOMA en el Atestado Nº 05/2003 en la querella criminal interpuesta por Lur Maitea.

Por otro lado, folio 08, Atestado 07/2003, cuarenta y tres (43) Documentos de Seguimiento y Control realizados por SADER para el vertedero BISTIBIETA son falsos y no se atienen a lo prescrito en la legislación general protectora del medio ambiente, consiguiendo entre otras, provocar más contaminación y consecuentemente más peligro para la salud y los ecosistemas.

SOBRE EL VERTEDRO CESPA CONTEN (Periciales de la UCOMA entregadas en el Juzgado de Instrucción Nº 4) no ha rellenado documento alguno de recepción de residuos procedentes de SADER, infracción de las leyes generales protectoras del medio ambiente. Además las cantidades de metales pesados tanto en las muestras sólidas, como en las de lixiviados exceden gravemente los máximos permitidos en la legislación general protectora del medio ambiente y de la salud de las personas. Lo mismo ocurre con los hidrocarburos alifáticos, los policíclicos aromáticos (PAH´s). En cuanto a la ecotoxicidad de las muestras recogidas en el vertedero CESPA CONTEN de Larrabetxu, muestras 1713/03 y 1714/03 presentan respectivamente  53.260 mg/l y 19.311 mg/l, es decir, son gravísimamente ecotóxicas. Dado que, la ecotoxicidad debiera ser cero, o ninguna.

EL VERTEDERO BISTIBIETA muestras tomadas con lo números 1.711/03, 1.712/03,  1.715/03 y  1.716/03, se deduce que la cantidad de metales pesados supera los valores máximos permitidos en la legislación general protectora de Medio Ambiente y la salud. Lo mismo ocurre en las muestras de lixiviados. Asimismo, se excede con mucho los valores máximos permitidos en la legislación vigente para los hidrocarburos alifáticos y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en todas las muestras analizadas. En cuanto a los valores de toxicidad, lo arrojado en la muestra 1.711/03, arroja un resultado de 5.271 mg/l, la muestra 1.712/03 obtiene unos valores de ecotoxicidad de 35.522 mg/l y la muestra 1.716/03 arroja un resultado de 35,20 equitox/m3.

De lo que se deduce que la contaminación existente en ambos vertederos que, supuestamente reciben exclusivamente residuos inertizados (sin carácter de toxicidad o peligrosidad) para su eliminación, provoca un peligro grave en la salud de las personas y los ecosistemas.

EL NEGOCIO

Estas operaciones de gestión y tratamiento del fuel del Prestige que, después de todo continúa contaminando en su destino final, y en base a la Documentación que aporta el Gobierno Vasco a la UCOMA, Atestado Nº 05/2003 costaron al erario público, solamente entre la primera quincena de marzo y la primera quincena de mayo de 2.003, por lo menos, la cantidad de 851.781,20 €. Solo un mes.

LAS BACTERIAS MODIFICADAS GENÉTICAMENTE

El Gobierno Vasco a través de su Sociedad Pública de Gestión Ambiental (IHOBE, S.A.) puso en marcha en la playa bizkaina de Meñakoztz (Entre Sopela y Barrika) un “Tratamiento Experimental Piloto” con bacterias modificadas genéticamente y fluorescentes capaces, según ellos, de devorar y transformar el fuel.

No tuvieron en cuenta toda la legislación protectora del medio ambiente o la salud y los peligros a futuro que eso supone. Así y con la patente de corso que les caracteriza, vulnerando a sabiendas de su injusticia y con la colaboración inestimable del Ministerio de Medio Ambiente (Demarcación de Costas) la Ley 9/2003 (Organismos modificados genéticamente), legislación sobre aguas y vertidos, evaluación de impacto ambiental, control integrado de la contaminación entre otras .

El tratamiento del fuel que impregna e impregnó rocas y arenales con bacterias modificadas genéticamente, se probó en la catástrofe del petrolero Exxon Valdez (Canadá) y también en la isla de Ons (Galicia), los resultados no han sido satisfactorios…”los que mejor han funcionado reducen la vida del petróleo a un 50% de lo que dura en otras zonas”. Declaraciones de Pero Miguel Anxo Murado, del Instituto de Investigaciones Marinas de Vigo, del CSIC para National Geographic (España) diciembre de 2.003.

A día de hoy, 20 de marzo de 2024, lo único que nos consta es:

  1. Al juzgado de Barakaldo, juez y fiscal, todo lo anteriormente relatado, con las analíticas, pruebas, la falta de permisos de Costas, sin evaluaciones de Impacto Ambiental; las bacterias modificadas genéticamente y un largo etcétera, no encontraron hecho alguno punible con los “tratamientos del fuel del Prestige” realizados por el G.V.en Bizkaia.
  • Parece ser que SADER que no realizó tratamiento, ni limpieza alguna de los residuos tóxicos y peligrosos del fuel del Prestige; ahora va a recoger todos los lixiviados de la incineradora de Zubieta que, Navarra no admite, se remitirán a SADER para su “supuesta limpieza”; según convenio firmado por D. José Ignacio Asensio (PSE), diputado de Sostenibilidad de Gipuzkoa.
  • Petronor que se ubicó en Somorrostro/Muzkiz; en una zona que varias veces al año se inundaba por, un lado perteneciente a Costas del Estado; porque era un lugar donde existían meandros, dunas, aguas, que ante mareas vivas o bien fuertes mareas altas y bravas se inundaba. Recibió parte de dicho fuel, aunque al día de hoy – 20 de marzo de 2024 – no sabemos qué hizo o pasó con él.