Por Julen Rekondo, experto en temas ambientales y Premio Nacional de Medio Ambiente
El pasado 8 de febrero se aprobó la Ley de Transición Energética y Cambio Climático en el Parlamento Vasco con los votos de PNV, PSE-EE y EHBilbu, y con la oposición de Elkarrekin Podemos y las derechas, PP, Ciudadanos y Vox, con diferentes razones y argumentaciones.
La ley aprobada tiene poco que ver con el proyecto de ley que se sometió a la consideración de expertos y de los agentes sociales y económicos, el pasado 13 de septiembre de 2023, en la Comisión de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Medio Natural del Parlamento Vasco, y en la que comparecí, tras ser invitado.
Durante este tiempo, la ley ha mejorado, aunque creo que se podría haber avanzado mucho más. La ley llega tarde, cuatro años después de la Declaración de Emergencia Climática de 2019, pero como se suele decir, “no es tarde si la dicha es buena”. Pero no. La ley aprobada se queda corta, es insuficiente y es para cambiar lo mínimo.
De forma muy resumida, la nueva ley centra los objetivos en los siguientes aspectos:
– Alcanzar la neutralidad climática como muy tarde en 2050, aunque con una meta intermedia de reducción de las emisiones del 33% en el año 2030, respecto a las de 1990.
– Ahorro en el consumo final de energía, al menos de un 12% en el año 2030 y de un 37 en el año 2050.
– Participación de las energías renovables en el consumo final, un 32% en 2030.
– Desinversión pública en combustibles fósiles.
– Los municipios de más de 5.000 habitantes deberán aprobar planes de energía y clima.
– Establece el objetivo de que para 2030 el 25% de la tierra agrícola sea de gestión ecológica.
– En cuanto a la financiación, el Gobierno deberá destinar a acción climática al menos un 2,5% de sus presupuestos y las instalaciones renovables deberán pagar un canon anual. Dicho canon entrará en vigor el 1 enero de 2025, y deberá destinarse a compensaciones socio-ambientales en los municipios o comarcas afectadas, aunque lo cobrará de forma directamente el Gobierno vasco. El canon se aplicará a las eólicas en función de la potencia instalada y a las fotovoltaicas en relación con las hectáreas que ocupen.
– La ley aboga por los combustibles sintéticos, que promueven las empresas Repsol y Petronor.
– La ley establece un marco de gobernanza, con la creación de una oficina climática y de un comité científico y la puesta en marcha de un proceso deliberativo para alcanzar un gran Pacto Social por el Clima, y la creación de la Asamblea Climática como espacio de encuentro y deliberación entre los diversos agentes económicos y sociales.
Si bien hay cuestiones interesantes y que a lo largo del proceso de redacción de la ley la han mejorado, en la nueva normativa solo se plantea cambiar lo justo, lo mínimo, y ello va asociado a que el modelo de producción y consumo actual se vea alterado lo menos posible.
En ningún momento en la ley, se vislumbran medidas que cuestionen de raíz la apuesta por las grandes infraestructuras, como, por ejemplo, los grandes parques eólicos y fotovoltaicos, el mantenimiento de las centrales térmicas, el TAV…y el gran consumo energético. La lucha contra el cambio climático debe tener en cuenta cuestiones como cuánta energía se necesita, cuánta energía necesitamos para vivir sin despilfarro, y en qué medida podemos bajar el consumo energético si queremos conseguir el objetivo de cero emisiones en 2050.
Para aumentar la autosuficiencia energética, no basta con instalar potencia renovable, sino que será clave reducir consumos. Se trata de un reto difícil, complejo, dadas las competencias que tiene la Comunidad Autónoma Vasca, y la inserción en un economía globalizada, pero, al menos, deberíamos comenzar por impulsar una economía local, ecológica, descentralizada, en lugar de grandes infraestructuras como las que he citado. La piedra angular de la transición energética ha de residir en un disminución drástica del consumo de energía. Solo ese decrecimiento será capaz de posibilitar que la humanidad pueda pervivir dentro de los límites planetarios. De esta forma, es absolutamente necesaria la contención, esa reducción del consumo de energía primaria, y en la ley, en vez de gestionar la demanda, se aumenta la oferta, con el mantenimiento de las fósiles más las renovables.
Partiendo de estas consideraciones, y yendo al texto de la ley, existe un escasa ambición cuando se establece una reducción de las emisiones para 2030 de un 33%, muy por debajo de lo que plantea la UE, que es de un 55%.
Por otra parte, se plantea alcanzar la “neutralidad climática” para 2050, pero esta formulación además de ambigua, encierra la posibilidad de que algunas empresas puedan seguir emitiendo CO2 con plantaciones de arboles, o comprando derechos de emisión en los llamados mercados de carbono, y de esta forma seguir con los combustibles fósiles, o a través de tecnologías de captura y secuestro de CO2, cuando la única forma de combatir el cambio climático es reduciendo las emisiones.
También en la ley se aboga por los combustibles sintéticos. Las ventajas de estos combustibles sintéticos, según nos proporcionan algunas de sus empresas promotoras, como Repsol y su filial, Petronor, son que tienen una huella de carbono cero y que además pueden usarse directamente en los vehículos existentes. ¿Qué es lo que está mal de todo esto? Muchas cosas.
Comencemos por lo más básico: el CO2 que se usa en el proceso de fabricación de estos combustibles. Se nos dice que proviene de una refinería. En una refinería, por los diferentes procesos que tienen lugar en ella, se emite cierta cantidad de CO2. Pero, obviamente, este CO2 es de origen fósil: proviene del procesamiento del petróleo que se está refinando. Así que captar este CO2 para juntarlo con el H2 de la electrólisis lo único que hace es retardar un poco el tiempo que el CO2 fósil llegará a la atmósfera: en vez de ser emitido directamente por la refinería, primero se convierte en combustible que será quemado después en un coche y, allí sí, el nuevo CO2 resultante de quemar la gasolina, con su carbono de origen fósil, se irá a la atmósfera. Así que de combustible de huella de carbono cero, nada de nada.
Otro de los aspectos de crítica a la ley, es que se trata de una normativa más bien propositiva, sin prohibiciones, obligaciones, y, por tanto, sin un régimen sancionador. En la nueva ley, se permite la instalación de instalaciones fotovoltaicas en suelo de alto valor agrícola, a cambio de una compensación económica. Es urgente recordar que el suelo agrícola está en peligro. Por ello, la colocación de grandes parques fotovoltaivos, como es el caso de Álava, debería está prohibido en terrenos fértiles. Es necesario proteger, en cantidad y calidad, el suelo agrícola: el suelo es un bien escaso, no renovable y es fundamental para nuestra alimentación. Los macroparques solares, aunque se vistan de verde, acelerarán la desaparición de la agricultura y la despoblación del medio rural.
Se habla de la desinversión pública en activos vinculados a la exploración y explotación de combustibles fósiles -que es positivo-, pero no de las corporaciones privadas, con lo cual no se marca ningún plazo al menos para ir eliminando gradualmente los combustibles fósiles, que sobre todo se trata de las empresas privadas.
En el capítulo de gobernanza, se plantea la creación de la Asamblea climática con participación de diversos agentes económicos y sociales, pero es deliberativa, y, por tanto, sin el compromiso, como ocurre en otros países europeos, de acatar las propuestas más relevantes y consensuadas.
La ley vasca de transición energética y cambio climático no apunta en la dirección correcta, es necesario algo más. El modelo de producción y consumo imperante necesita un cambio drástico para ajustarse a los límites biofísicos del planeta y plantear un escenario de reducción, de decrecimiento, en sectores que impactan de forma muy importante en el clima, en la biodiversidad y en los ecosistemas, y en la salud de las personas. No hay respuesta esperanzadora ante el cambio climático sin cambio de modelo.